Moroleón, Gto. 16 de octubre de 2020.- Un profesor de artes marciales fue condenado a 106 años con 8 meses de prisión al ser encontrado culpable de los delitos de violación espuria calificada, violación calificada y corrupción de menores. El hombre de 45 años violentó sexualmente a dos de sus alumnas en distintos años y las hizo participar de manera prematura y obscena en actividades de naturaleza sexual que han perjudicado el desarrollo de su personalidad.
La conducta delictiva de Juan Carlos “N” Alias “El Profesor”, tuvieron su origen, en un primer caso, por su contacto que tuvo como profesor de artes marciales con una de las víctimas, a quien le dijo a que tenía mucho futuro en el karate y que se encargaría de llevarla a competir a distintas partes del mundo. Lo que hizo fue obligar a la menor por medio de violencia física y moral a tener relaciones sexuales sin su voluntad.
La denuncia que presentó la ofendida en contra de su agresor activó los protocolos para proteger a la víctima y a través de dictámenes médicos forenses se certificó la existencia de datos reveladores de la violencia sexual. Resultados médicos no solo aportaron información de lesiones físicas sino exámenes psicológicos revelaron consecuencias que este tipo de violencia provocó en la salud mental de la víctima.
En un segundo ataque, el ahora sentenciado fungía como entrenador en una escuela de karate, y gracias a esta actividad, tuvo contacto con otra menor de edad. El hoy sentenciado la obligaba a tomarse fotos desnuda y enviárselas por celular, en distintas ocasiones abusó de ella durante varios años, utilizando violencia física y psicológica.
El recurrente fue detenido como autor de un delito continuado de abusos sexuales en agravio de dos menores de edad, razón por la cual fue vinculado a proceso, y un Tribunal Unitario de Juicio Oral, al analizar las contundentes pruebas aportadas por el agente litigante del Ministerio Público, resolvió imponer una sentencia condenatoria de 106 años con 8 meses y 15 días de prisión para el imputado.
El sentenciado, además deberá cubrir una multa y la reparación del daño en favor de las víctimas, al mismo tiempo se le negaron todos los beneficios y la conmutación de la pena privativa de libertad.—
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