San Felipe, Gto.- 31 de mayo de 2022.- El pasado 3 de febrero de 2022, Agentes de Investigación Criminal adscritos a la Unidad de Atención Integral a las Mujeres cumplimentaron orden de aprehensión a IGNACIO “N”, acusado por el delito de violación espuria y corrupción de menores. Al término de la investigación complementaria autorizada por la autoridad judicial, y en juicio abreviado, fue sentenciado a 12 años con 9 meses de cárcel.

Agentes de Investigación lo buscaban por el delito de violación espuria y corrupción de menores y lo encontraron en la comunidad de San José del Tanque del municipio de San Felipe. IGNACIO “N” traía fajada en la cintura del pantalón, un arma de fuego tipo pistola abastecida con seis cartuchos útiles calibre 38. Lo aseguraron y fue puesto a disposición bajo cargos contra la libertad sexual.

Durante la audiencia inicial, el Juez dio la palabra al Ministerio Público para que expusiera el crimen del imputado. La Agente del Ministerio Público le explicó al imputado, que se le está siguiendo una investigación, y le comunicó el hecho que se le atribuye, la calificación jurídica preliminar; la fecha, lugar y modo de comisión del delito y la forma de intervención que tuvo en el mismo.

Se explicó que, entre abril de 2015 y noviembre de 2019, la víctima menor de edad, fue violentada sexualmente por el acusado, quien la llevaba frecuentemente a su domicilio bajo la amenaza de un arma y abusaba de ella, sin atender las súplicas de la víctima para que frenara el daño que le provocaba.

La agresión contra la libertad sexual de la víctima se produjo en 2019 y el hoy sentenciado cometió la conducta delictiva típica, antijurídica y culpable en agravio de la víctima.

En cuanto se tuvo conocimiento del hecho delictivo, la representante social en la Unidad Integral de Atención a las Mujeres presentó datos de prueba ante un Juez y obtuvo orden de aprehensión, que fue cumplimentada por Agentes de Investigación en contra de IGNACIO “N”, acusado por el delito de violación espuria y corrupción de menores.

Antes de ser presentado ante un tribunal jurisdiccional en donde se ventilaría su proceso, el hombre y su defensor solicitaron la interrupción anticipada de su proceso judicial.

Bajo este contexto, el procedimiento abreviado se tramitó a solicitud del Ministerio Público ante la comunicación del imputado, quien admitió el hecho que se le atribuyó en la acusación y consciente en la aplicación de este procedimiento, y por su parte, el acusador coadyuvante, en su caso, no presentó oposición fundada.

En razón de lo anterior, el Juez dictó una sentencia condenatoria de prisión de 9 años con 3 meses, por delito de violación y 3 años con seis meses por delito de corrupción de menores, lo que suma un total de 12 años con 9 meses; más la reparación del daño material y sanciones pecuniarias por ambos delitos. Al mismo tiempo se le negaron al sentenciado todos los beneficios por lo que deberá cumplir el total de su condena en la cárcel.

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